Registro de Huéspedes en Panamá: Obligaciones del Anfitrión ante el SNM

En Panamá, los establecimientos de hospedaje turístico deben cumplir con el registro de huéspedes conforme a los requisitos de la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP) y el Servicio Nacional de Migración (SNM). La identificación correcta de cada huésped no solo es una obligación legal sino también una medida de seguridad ciudadana.

El incumplimiento puede resultar en la suspensión de la licencia ATP y en sanciones del SNM aplicables tanto al anfitrión como a la propiedad.

Guía paso a paso

1

Establece el proceso de check-in con identificación

Al momento del check-in, solicita a todos los huéspedes adultos la presentación de su documento de identidad (cédula panameña o pasaporte para extranjeros). Fotocopia o digitaliza el documento para el registro.

2

Lleva el Libro de Registro de Huéspedes ATP

La ATP exige un registro con: nombre completo, número de pasaporte o cédula, nacionalidad, fecha de ingreso y salida, y número de unidad habitacional. Puede ser en formato físico o digital validado.

3

Reporta huéspedes al SNM si se solicita

El Servicio Nacional de Migración puede requerir el reporte de huéspedes extranjeros durante operativos de control. Los establecimientos formalizados ante la ATP tienen acceso al sistema de reporte electrónico.

4

Protege los datos personales de los huéspedes

Panamá cuenta con la Ley 81 de 2019 de Protección de Datos Personales. Informa a tus huéspedes cómo usas sus datos, almacénalos de forma segura, no los compartas con terceros sin consentimiento y elimínalos cuando ya no sean necesarios.

5

Conserva los registros durante el tiempo exigido

La normativa de la ATP recomienda conservar los registros de huéspedes durante mínimo 5 años. Esto es fundamental para auditorías del SNM y para la renovación bienal de la licencia ATP.

✅ Checklist de cumplimiento legal
  • Proceso de identificación de huéspedes al check-in documentado
  • Libro de Registro de Huéspedes ATP activo (físico o digital)
  • Protocolo de reporte al SNM si se requiere
  • Política de privacidad (Ley 81/2019) comunicada al huésped
  • Almacenamiento seguro de copias de documentos
  • Registros conservados mínimo 5 años

Errores legales comunes que cometen los anfitriones

  • No registrar los datos completos de los huéspedes (solo el nombre no es suficiente).
  • Almacenar copias de pasaportes sin protección de contraseña.
  • No informar a los huéspedes del tratamiento de sus datos (violación de Ley 81/2019).
  • No colaborar con el SNM durante operativos (puede causar cierre temporal del establecimiento).

Documentación necesaria

  • 📄 Libro de Registro de Huéspedes ATP (físico o digital)
  • 📄 Copias de documentos de identidad (almacenadas de forma segura)
  • 📄 Política de privacidad (Ley 81/2019) del establecimiento
  • 📄 Licencia ATP vigente

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio el registro de huéspedes en alquileres vacacionales en Panamá?

Sí. La normativa de la ATP exige el registro de todos los huéspedes en los establecimientos de alojamiento turístico con licencia. El registro debe estar disponible para inspección en cualquier momento.

¿Puedo hacer el check-in de huéspedes de forma remota en Panamá?

Sí, el check-in remoto es válido siempre que captures los datos de identificación del huésped de forma digital (fotografía del pasaporte o cédula enviada por el huésped) antes del acceso al inmueble.

¿Hola Rentia cumple con la Ley 81 de Protección de Datos de Panamá?

Hola Rentia aplica estándares de seguridad de datos empresariales: cifrado de datos en tránsito y en reposo, acceso segmentado por roles, y política de retención de datos compatible con la Ley 81 de Panamá. Los datos de huéspedes solo son accesibles por el anfitrión autorizado.